
He delegado todos mis temas tributarios en relación a pisos turísticos y diferentes temas inmobiliario y la verdad que no puedo estar más agradecido a Pablo y su equipo.
Cualquier persona en alguna ocasión ha alquilado su vivienda para conseguir un beneficio y el inquilino no ha pagado su mensualidad; o hemos adquirido una casa dando por hecho de que lo que firmábamos era correcto; hasta incluso nos ha podido pasar que hemos adquirido una casa y han aparecido daños inesperados ocultos a simple vista. En estas situaciones es cuando te recomendamos asesorarte y contar con un abogado especialista en derecho inmobiliario.
Somos abogados especialistas en desahucios. Tenemos dilatada experiencia en los procedimientos de desahucio y siempre conseguimos que nuestros clientes recuperen su casa. También negociamos con los inquilinos y alcanzamos acuerdos satisfactorios.
Somos abogados especialistas en compraventas. Revisamos toda la documentación relativa a la operación de venta y acompañamos a nuestros clientes a la notaria. También nos encargamos de liquidar los impuestos (plusvalía; impuesto de transmisiones patrimoniales; entre otros).
Puede ocurrir que compremos una casa o local y al cabo de unos meses aparezcan desperfectos que el propietario nunca nos comunicó. Somos abogados expertos en detectar y reclamar vicios ocultos. Analizamos los vicios ocultos y los reclamamos. Si no fuiste informado tienes derecho a reclamarlo.
En JDV ABOGADOS INMOBILIARIO nos componemos por un equipo de profesionales con un elevado conocimiento técnico y que tiene a sus espaldas una dilatada experiencia en la materia, que nos permite poner a disposición de nuestros clientes las herramientas imprescindibles para la adecuada defensa de sus derechos e intereses.
Las relaciones con los clientes se basan en la confianza, con rapidez de respuesta y disponibilidad, puesto que en un escenario global y cambiante, la agilidad supone un valor fundamental para alcanzar el éxito.
*La cita presencial o telemática tiene un coste de 50€. Esta cantidad será descontada del presupuesto en caso de contratar nuestros servicios.
Nuestro despacho profesional asesora al cliente desde el primer momento, proporcionándole los mecanismos y estrategias de defensa más adecuados en relación a su caso.
Ofrecemos una asistencia letrada integral y especializada a cada supuesto y cliente.
Velamos para que los derechos de nuestro defendido sean salvaguardados en todo momento, persiguiendo las mayores opciones de éxito para el cliente.
Informamos al cliente, de forma continua, de las resoluciones recaídas y actuaciones realizadas, para que tenga un conocimiento íntegro del curso del procedimiento.
Hacemos valer tus derechos
La Ley de Arrendamientos Urbanos expone los diversos motivos por los cuales puede darse por terminado un contrato de arrendamiento. Estos son los principales:
La falta de pago de la renta o, en su caso, de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al arrendatario.
La falta de pago del importe de la fianza o de su actualización.
El subarriendo o la cesión inconsentidos.
La realización de daños causados dolosamente en la finca o de obras no consentidas por el arrendador cuando el consentimiento de éste sea necesario.
Cuando en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
Ante la necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda arrendada para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares, este podrá ejercer esta potestad de recuperar la vivienda.
El arrendador deberá comunicar al arrendatario la voluntad de recuperar la vivienda al menos con 2 meses de antelación a la fecha en que se necesitara la vivienda.
Los vicios de la construcción de las viviendas o edificios son defectos visibles, o en su caso no visibles u ocultos que, en caso de aparecer antes de un determinado plazo desde la venta o entrega de la obra, dan derecho al comprador o promotor a exigir al vendedor o constructor el saneamiento de la vivienda o inmueble, así como de la resolución del contrato o de la modificación de sus condiciones.
El promotor, arquitecto, aparejador y constructor, responderán:
¿Qué debo hacer antes de firmar el contrato?
Comprobar en primera persona la situación física del inmueble.
Comprobar documentalmente la situación jurídica del inmueble (cargas, gravámenes, estar al corriente de pago de las cuotas comunitarias mediante certificado expedido por la Comunidad de Propietarios, entre otros.
Ignacio PerezHe delegado todos mis temas tributarios en relación a pisos turísticos y diferentes temas inmobiliario y la verdad que no puedo estar más agradecido a Pablo y su equipo.
Raül MartinezLos destaco por su cercanía, su transparencia y profesionalidad.
Georgina Culubret VallsSalgo contenido y me he sacado un peso de encima. Tengo un inmueble de mi propiedad alquilado y tuve problemas de impago con mi inquilino. Los abogados han conseguido que recupere el inmueble en menos de 5 meses. Salgo satisfecho. Recomiendo este despacho.
Virginia VSSolicité una primera visita presencial con el Despacho por problemas personales. Me atendieron en menos de 48 horas y el asesoramiento fue profesional. Finalmente pudimos solventar los problemas con una simple llamada conciliadora.