Divorcios & Separaciones

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Abogados especialistas en divorcios y separaciones

Ante una separación o divorcio es esencial proyectar y elaborar unas condiciones que den respuesta a la nueva realidad familiar, teniendo en cuenta los intereses de cada cónyuge o miembro de la pareja, garantizando siempre, el bienestar de los más pequeños. 

Las crisis familiares desembocan en realidades complejas y extremadamente difíciles de gestionar, en la que surgen dudas a todos los niveles: ¿Con quién van a vivir los niños/as? ¿Quién debe pagar la manutención y cuánto? ¿Tengo derecho a recibir una pensión por parte de mi ex pareja? ¿Qué hacemos con la vivienda familiar? ¿Y con la hipoteca?

En JDV Abogados Familia somos abogados expertos en divorcios y separaciones. Tenemos una experiencia de más de 25 años en este tipo de procedimientos. Somos abogados expertos en divorcios y separaciones amistosas y contenciosas. 

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    *La cita presencial o telemática tiene un coste de 50€. Esta cantidad será descontada del presupuesto en caso de contratar nuestros servicios.

    Cómo trabajamos
    • Reuniones iniciales donde analizamos las circunstancias respecto de la situación inicial.
    • Asesoramos de las diferentes opciones que puedan adecuarse a la situación del cliente y su familia.
    • Estudio sobre la viabilidad y riesgos de la voluntad del cliente.
    • Negociaciones con la otra parte para intentar llegar a un acuerdo, o bien si no es posible, presentación en el juzgado de demanda o contestación en defensa de los intereses del cliente.
    • Acompañamiento del cliente en todo el proceso, resolución de dudas que le surjan mientras se tramita el procedimiento judicial, traslado de información a la otra parte.

    Ante realidades difíciles te apoyamos y asesoramos. 

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    Preguntas Frecuentes

    Contamos con un equipo de profesionales con amplia experiencia al abordar todos los aspectos legales que se puedan derivar de una crisis matrimonial. Expónganos su caso sin compromiso.

    En caso de ruptura matrimonial, agotaremos las vías de negociación con el objetivo de apurar toda posibilidad de llegar a un acuerdo amistoso entre los cónyuges, evitándose así tramitación de un procedimiento judicial. De ser inalcanzable un acuerdo que cubra los intereses y necesidades de nuestro cliente, es necesario convertir el caso en contencioso y acudir al auxilio judicial mediante la interposición de una demanda.

    En estos procedimiento judiciales se discutirán y se adoptarán medidas de carácter personal y económico como: (i) la atribución del uso y disfrute del domicilio conyugal; (ii) régimen de la custodia; y de carácter patrimonial: (i) pensión compensatoria; (ii) pensión por alimentos; (iii) indemnización por razón de trabajo; (iv) liquidación del régimen económico matrimonial y división de la cosa común.

    La separación implica una situación que los miembros de una pareja pasan a vivir su vida de manera independiente, sin que implique la disolución de la pareja a nivel legal, siguiendo ambos casados.

    A diferencia, en el divorcio ambos miembros de la pareja extinguen por completo su unión conyugal poniéndose fin a la relación matrimonial.

    Sí, bastará con qué uno de los cónyuges pida la separación o divorcio para que tenga la autorización del juez.

    Los cónyuges puedan solicitar el divorcio directamente, sin ser necesario haber de pasar por una separación previa, bastando tan solo con esperar, tres meses después de la celebración de la boda.

    Los costes del procedimiento como la duración de la separación y del divorcio dependerán de si es de mutuo acuerdo o contencioso.

    Debe tenerse en consideración de qué si la separación o el divorcio son de mutuo acuerdo, los cónyuges pueden ser representados y defendidos por el mismo procurador y letrado, de manera que se abaratan sustancialmente los costes.

    En cuento a la duración del procedimiento, la media de mutuo acuerdo es de unos 1 a 3 meses, mientras que contencioso es de 6 a 12 meses.

    Es el documento en el que los cónyuges pactan unas condiciones económicas específicas y en relación a sus hijos.

    Los acuerdos aprobados en el Convenio podrán ser modificados si las circunstancias se ven sustancialmente modificadas. Siempre que haya una alteración considerable de las circunstancias.

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