
Concurso de Acreedores
Abogados especialistas en concursos de acreedores
En momentos de crisis hay que tener un plan. Un punto de partida en tu nueva vida, para que puedas vivir tranquilo, sin deudas.
Ante una situación de insolvencia es esencial anticiparse, encontrar la solución adecuada que posibilite la continuidad de la actividad empresarial, y asesorarte por un profesional especializado para garantizar una adecuada toma de decisiones.
Nuestros abogados expertos en Derecho Concursal se encargarán de tramitar todo el procedimiento, desde el planteamiento del caso hasta la presentación del concurso y la tramitación íntegra del mismo hasta la liquidación y disolución de la empresa.
En JDV Abogados somos abogados expertos en disolver y liquidar empresas. Tenemos una experiencia de más de 25 años en este tipo de procedimientos. Además en JDV también nos componemos de abogados especialistas en Derecho Laboral y Derecho Fiscal, quiénes estarán presentes durante el concurso de acreedores para resolver cualquier cuestión o incidente con los trabajadores o las cuentas y balances de la empresa. Un equipo multidisciplinar nos permite proporcionar absoluta tranquilidad a nuestros Clientes a lo largo de todo el procedimiento.
*La cita presencial o telemática tiene un coste de 50€. Esta cantidad será descontada del presupuesto en caso de contratar nuestros servicios.
1. Fase común
Solicitud de la declaración del concurso.
Resolución judicial declarando el concurso.
Determinación de la masa activa.
Determinación de la masa pasiva y clasificación de los créditos.
2. Fase de convenio
En esta fase el concursado presentará distintas propuestas de convenio respecto de las deudas que tiene con sus acreedores, con el objetivo de llegar a una solución pactada.
3. Fase de liquidación
En esta fase se intentará pagar el máximo de deuda posible y para ello será necesario la liquidación total de los bienes y derechos propiedad de la empresa concursada.
4. Fase de calificación
Se calificará el concurso como fortuito o culpable. En esta fase se determinará la responsabilidad del administrador de la sociedad.
Estudio, planificación y asesoramiento legal en situaciones de crisis empresarial, con el propósito de evaluar las ventajas y los riesgos que implican iniciar una solicitud de concurso voluntario.
Adecuación de la empresa a las exigencias de la Ley Concursal.
Negociación con entidades financieras y otros acreedores.
Elaboración y negociación de la propuesta de Convenio de Acreedores para su posterior aprobación en la Junta de Acreedores, que permitirá la continuidad de la actividad empresarial.
Trato cercano y asesoramiento legal especializado a lo largo del procedimiento concursal.
Pon tu tranquilidad en nuestras manos.
Ante unas pérdidas puntuales no debemos preocuparnos. No obstante, si las pérdidas se extienden en el tiempo y se prevé una situación de crisis o insolvencia, es el momento adecuado para asesorarte legalmente y adoptar medidas preventivas.
Ante una situación así se prevén mecanismos tendentes a evitar el cierre del negocio. Hacemos referencia a medidas preconcursales, refinanciación y/o reestructuración de deudas y préstamos, entre otras medidas.
El plazo establecido en la ley es de dos meses desde que se tuviera conocimiento de la situación de insolvencia. Además, una vez instado el concurso el empresario dispone de un plazo de 3 meses para comunicar si ha sido posible adoptar acuerdos con los distintos acreedores.
Una vez declarado el concurso de acreedores y publicado en el Boletín Oficial del Estado, tendremos un plazo de 30 días, para comunicar nuestro crédito al administrador concursal.
Si se detecta que antes de la interposición del concurso de acreedores han existido operaciones que han provocado el concurso, o que han agravado la situación de insolvencia.